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Violencia en el hogar

Si se encuentra en peligro inmediato, llame al 911.

Información relacionada con la violencia en el hogar

La violencia en el hogar es el maltrato cometido contra un adulto o un menor que es:

  • cónyuge
  • excónyuge
  • conviviente
  • exconviviente
  • persona con la que el sospechoso tuvo un hijo
  • persona con la que el sospechoso sale o ha salido, o está comprometido

Advertencia: La gente puede saber qué sitios de Internet ha visitado en su computadora. ¡Manténgase a salvo! Use Internet en una biblioteca local, en casa de un amigo o en el trabajo.

Si se encuentra en peligro inmediato, llame al 911.

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PREGUNTAS FRECUENTES

Haga clic en los siguientes temas y preguntas frecuentes (FAQ, por sus siglas en inglés) para obtener más información.

"Maltrato" significa golpear, patear, lastimar, asustar, tirar cosas, jalar del cabello, empujar, seguir, acosar, agredir sexualmente o amenazar con hacer cualquiera de estas cosas. El maltrato puede ser verbal, escrito o físico.

Es una orden de la corte que ayuda a proteger a las personas del maltrato.

Esta puede ordenar a la persona restringida que:

  • No se comunique ni se acerque a usted, sus hijos, otros parientes u otras personas que viven con usted
  • No tenga un arma
  • Se mude de su casa
  • Siga las órdenes de custodia y visitas de los hijos
  • Pague manutención de los hijos

Si se incumple una orden de restricción, un agente del orden público puede proceder a un arresto aunque no se produzca ningún maltrato en ese momento.

En una situación de emergencia, un agente del orden público puede solicitar al juez que firme una orden de restricción de emergencia aunque la corte esté cerrada.

Durante el horario de atención al público de la corte, usted puede solicitar una orden de restricción llenando la documentación correspondiente. Para más información sobre los documentos necesarios, consulte el sitio web sobre protección del Centro de ayuda en línea de las Cortes de California.

Para solicitar asistencia para llenar los documentos para una orden de restricción por violencia en el hogar, puede comunicarse con Víctimas y testigos del condado de Yuba o con Casa De Esperanza.

No se cobra ninguna cuota por una orden de restricción por violencia en el hogar. Para todos los demás tipos de órdenes de restricción, vea nuestra lista de cuotas.

Para más información, visite el Centro de Ayuda en línea de California.

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